Análisis técnico y normativo de los factores de riesgo ergonómico en México: La evolución de la NOM-036-STPS frente a la lumbalgia y los
trastornos musculoesqueléticos.
La gestión de la seguridad y salud en el trabajo dentro del territorio mexicano ha experimentado un cambio de paradigma sin precedentes en la última década. Este proceso ha sido impulsado por la necesidad de mitigar el impacto devastador de las enfermedades laborales crónicas, particularmente los trastornos musculoesqueléticos (TME) y la lumbalgia, que históricamente han sido las principales causas de ausentismo, discapacidad y pérdida de competitividad en la industria nacional. La publicación y entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018 representa la culminación de un esfuerzo por alinear la legislación mexicana con estándares internacionales de ergonomía, como las normas ISO 11228 y las directrices del Ejecutivo de Salud y Seguridad (HSE) del Reino Unido.
Anteriormente, los riesgos derivados del manejo de materiales se encontraban diluidos en normas generales como la NOM-006-STPS, que se centraba primordialmente en la seguridad mecánica de la maquinaria de carga. Sin embargo, la creciente incidencia de lesiones de espalda baja, que en el año 2022 representaron el 5.16% de todos los padecimientos de origen laboral reportados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), obligó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a desarrollar un marco regulatorio específico para la ergonomía.
La NOM-036-1-STPS-2018 fue publicada originalmente el 23 de noviembre de 2018, pero su implementación ha sido progresiva. La crisis sanitaria global derivada de la pandemia de COVID-19 provocó una prórroga de cinco años en la aplicación de ciertos numerales críticos, particularmente aquellos relacionados con el análisis de factores de riesgo y las medidas de control administrativo y de ingeniería. No obstante, el 31 de marzo de 2024 marcó el hito definitivo: la norma entró en vigor en su totalidad, eliminando cualquier periodo de gracia para las empresas en territorio nacional. A partir de esta fecha, las inspecciones federales del trabajo exigen evidencias robustas de cumplimiento, incluyendo diagnósticos ergonómicos detallados y programas de vigilancia a la salud específicos para la prevención de la lumbalgia.
Uno de los cambios más significativos introducidos por la norma es la precisión en las definiciones técnicas, lo cual elimina la ambigüedad que anteriormente permitía a los centros de trabajo ignorar riesgos acumulativos. El concepto de "manejo manual de cargas" ahora abarca toda actividad que involucre levantar, bajar, empujar, jalar, transportar o estibar materiales empleando la fuerza física del trabajador, con o sin el auxilio de equipos manuales como carretillas, patines o diablos.
Un aspecto fundamental es la definición de "cotidianeidad". La norma establece que sus disposiciones son aplicables en todos los centros de trabajo donde los empleados realicen estas actividades más de una vez al día. Esto significa que incluso tareas que parecen periféricas a la producción principal pero que requieren el movimiento de objetos de 3 kg o más deben ser analizadas bajo la metodología de la norma. El umbral de los 3 kg no es arbitrario; es el límite reconocido por la biomecánica internacional como el punto donde las fuerzas internas en los discos intervertebrales L4-L5 y L5-S1 comienzan a tener relevancia clínica si se realizan con frecuencias elevadas o posturas inadecuadas.
Un aspecto fundamental es la definición de "cotidianeidad". La norma establece que sus disposiciones son aplicables en todos los centros de trabajo donde los empleados realicen estas actividades más de una vez al día. Esto significa que incluso tareas que parecen periféricas a la producción principal pero que requieren el movimiento de objetos de 3 kg o más deben ser analizadas bajo la metodología de la norma. El umbral de los 3 kg no es arbitrario; es el límite reconocido por la biomecánica internacional como el punto donde las fuerzas internas en los discos intervertebrales L4-L5 y L5-S1 comienzan a tener relevancia clínica si se realizan con frecuencias elevadas o posturas inadecuadas.
Límites de masa máxima por género y edad en condiciones óptimas
| Categoría del Trabajador | Rango de Edad (Años) | Masa Máxima Permitida (kg) | Consideraciones Legales y de Salud |
| Masculino | Entre 18 y 45 | 25 | Límite base para condiciones ideales de levantamiento. |
| Masculino | Mayores de 45 | 20 | Requiere evaluación médica para subir a 25 kg si se demuestra aptitud. |
| Masculino | Menores de 18 | 7 | Restricción para proteger el desarrollo del sistema esquelético. |
| Femenino | Entre 18 y 45 | 20 | Límite preventivo basado en la estructura pélvica y fuerza muscular. |
| Femenino | Mayores de 45 | 15 | Enfoque en la prevención de la desmineralización ósea y fatiga crónica. |
| Femenino | Menores de 18 | 7 | Protección estricta para menores ocupacionalmente expuestos. |
| Mujeres Gestantes | N/A | PROHIBIDO > 10kg | Prohibición total durante el embarazo y hasta 10 semanas post-parto. |
La prohibición para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia es uno de los cambios conceptuales más rigurosos. No se trata solo de limitar el peso a 10 kg, sino de prohibir activamente cualquier tarea que implique posturas forzadas o movimientos repetitivos que puedan comprometer la salud del binomio madre-hijo, especialmente actividades que demanden esfuerzo abdominal o torsiones bruscas del tronco.
Biomecánica de la lumbalgia y factores modificadores del límite de carga
La lumbalgia es definida clínicamente como el dolor localizado en la parte baja de la espalda, que puede ser agudo (menos de seis semanas) o crónico (más de tres meses). En el contexto de la NOM-036-1-STPS-2018, la prevención de este padecimiento se aborda mediante el control de las fuerzas de compresión axial. Cuando un trabajador levanta una carga alejada de su cuerpo, el "brazo de palanca" aumenta exponencialmente la presión sobre el disco L5-S1, pudiendo superar los 3,400 Newton, que es el límite de seguridad reconocido para evitar microfracturas en las placas terminales de las vértebras.
Por esta razón, la norma introduce factores modificadores que reducen los límites de peso, si las condiciones de trabajo no son ideales. La frecuencia de levantamiento es quizás el modificador más crítico. Un trabajador puede tener la capacidad física de levantar 25 kg una vez, pero si se le exige realizarlo varias veces por minuto, la fatiga muscular disminuye la estabilidad de la columna, dejando a los ligamentos y discos como los únicos encargados de soportar la carga.
Factores de reducción de la masa máxima por frecuencia de tarea
| Levantamientos por Minuto | Factor de Reducción (%) | Masa Máxima Real (Hombre 18-45) | Impacto Metabólico |
| 1 vez cada 5 minutos | 0% | 25.0 kg | Recuperación completa del tejido muscular. |
| 1 a 4 veces por minuto | 30% | 17.5 kg | Inicio de fatiga acumulada; requiere pausas activas. |
| 5 a 9 veces por minuto | 50% | 12.5 kg | Riesgo elevado de isquemia muscular transitoria. |
| > 9 veces por minuto | 70% | 7.5 kg | Trabajo considerado altamente repetitivo; riesgo muy alto. |
Estos cálculos demuestran que el "nuevo concepto" de la STPS es sistémico: no evalúa la carga de forma aislada, sino dentro de un ciclo de trabajo completo. Si una empresa no ajusta sus cuotas de producción basándose en estas frecuencias, está incumpliendo técnicamente con la norma, independientemente de que el peso de la caja sea "legal" de manera individual.
El concepto de masa acumulada total: Una visión longitudinal de la jornada
Otro cambio trascendental en la normativa es la introducción de límites para la "Masa Acumulada Total" transportada durante una jornada de 8 horas. Este concepto busca prevenir el agotamiento de los sistemas de soporte del cuerpo y la degradación acumulativa de los tejidos blandos de la espalda. La norma estipula que la carga total movida por un trabajador no debe exceder ciertos límites calculados en función de la distancia de transporte manual.
Límites de masa acumulada por jornada de 8 horas
| Distancia de Transporte (m) | Masa Acumulada Máxima (kg) | Lógica Ergonómica |
| Menos de 10 metros | 10,000 kg | Enfocado en tareas de estiba y desestiba intensiva. |
| Entre 10 y 20 metros | 6,000 kg | Reconoce el gasto energético adicional por el desplazamiento. |
| Más de 20 metros | Evaluación Específica | Se considera transporte pesado; requiere ayudas mecánicas obligatorias. |
Metodologías de evaluación obligatorias: MAC, RAPP
La NOM-036-1-STPS-2018 no solo establece prohibiciones, sino que provee las herramientas técnicas para que el patrón identifique sus áreas de oportunidad. La metodología de "estimación simple del riesgo" se basa primordialmente en las tablas MAC (Manual Handling Assessment Charts), adaptadas del sistema británico. Este sistema permite asignar puntajes a diversos factores de riesgo, tales como:
* Región de Levantamiento Vertical: Evalúa si la carga se maneja desde el nivel del suelo, a la altura de las rodillas, a la altura de los nudillos o por encima de los hombros. Los levantamientos por debajo de la rodilla o por encima de los hombros reciben los puntajes más altos de riesgo.
* Distancia Horizontal: Mide qué tan alejada está la carga del tronco. Un alejamiento de solo 30 cm puede triplicar la fuerza de compresión en las vértebras lumbares debido a la creación de un momento de fuerza.
* Postura del Tronco: La torsión o flexión lateral de la espalda mientras se carga es el factor de riesgo más directamente relacionado con la ruptura de las fibras del anillo fibroso del disco intervertebral.
* Acoplamiento Mano-Carga: El diseño del objeto (presencia de asas, rugosidad) determina la eficiencia del agarre. Un agarre deficiente obliga a un sobreesfuerzo de los músculos de los brazos y hombros, lo que indirectamente altera la postura de la espalda para compensar la inestabilidad.
Para las actividades de empuje y arrastre, la norma incluye el Apéndice II basado en la metodología RAPP (Risk Assessment of Pushing and Pulling). Aquí, se consideran inaceptables fuerzas iniciales que superen la capacidad del equipo auxiliar o que requieran que el trabajador se incline excesivamente para iniciar el movimiento. Por ejemplo, se considera riesgo "Muy Alto" intentar arrastrar cargas de más de 80 kg sin equipo auxiliar, o girar tambos de más de 400 kg de forma manual.
* Región de Levantamiento Vertical: Evalúa si la carga se maneja desde el nivel del suelo, a la altura de las rodillas, a la altura de los nudillos o por encima de los hombros. Los levantamientos por debajo de la rodilla o por encima de los hombros reciben los puntajes más altos de riesgo.
* Distancia Horizontal: Mide qué tan alejada está la carga del tronco. Un alejamiento de solo 30 cm puede triplicar la fuerza de compresión en las vértebras lumbares debido a la creación de un momento de fuerza.
* Postura del Tronco: La torsión o flexión lateral de la espalda mientras se carga es el factor de riesgo más directamente relacionado con la ruptura de las fibras del anillo fibroso del disco intervertebral.
* Acoplamiento Mano-Carga: El diseño del objeto (presencia de asas, rugosidad) determina la eficiencia del agarre. Un agarre deficiente obliga a un sobreesfuerzo de los músculos de los brazos y hombros, lo que indirectamente altera la postura de la espalda para compensar la inestabilidad.
Para las actividades de empuje y arrastre, la norma incluye el Apéndice II basado en la metodología RAPP (Risk Assessment of Pushing and Pulling). Aquí, se consideran inaceptables fuerzas iniciales que superen la capacidad del equipo auxiliar o que requieran que el trabajador se incline excesivamente para iniciar el movimiento. Por ejemplo, se considera riesgo "Muy Alto" intentar arrastrar cargas de más de 80 kg sin equipo auxiliar, o girar tambos de más de 400 kg de forma manual.
Finalmente, la Guía de Referencia II incorpora el Cuestionario Nórdico de Kuorinka, que es una herramienta de cribado para detectar síntomas musculoesqueléticos en la población trabajadora. A diferencia de los métodos de ingeniería que evalúan el puesto, el cuestionario evalúa al trabajador, permitiendo detectar si ya existe dolor, fatiga o molestias en la zona lumbar antes de que se conviertan en una lesión incapacitante.
Vigilancia a la salud y protocolos médicos para la prevención de la lumbalgia
La vigilancia a la salud bajo la nueva norma deja de ser una revisión médica genérica para convertirse en un programa de monitoreo específico y cíclico. El médico del trabajo o el servicio preventivo debe elaborar un programa que incluya exámenes médicos de ingreso (para establecer la línea base), periódicos (anuales o bianuales según el nivel de riesgo) y de retiro.
Referencia bibliográfica:Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). (2018). NORMA Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas. Diario Oficial de la Federación (DOF).